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lunes, 14 de abril de 2014

Si la oposición venezolana fuera francesa…

María Corina Machado se alió a una potencia extranjera hostil al representar a Panamá durante una reunión de la OEA, en flagrante violación de los artículos 149 y 191 de la Constitución venezolana.
¿Qué pasaría si la oposición venezolana fuera francesa? El caso de la diputada María Corina Machado es revelador pues la justicia de Francia sería implacable con ella

Salim Lamrani*

 Desde febrero de 2014, Venezuela sufre algunas violencias orquestadas por la extrema derecha golpista. Contrariamente a lo que presentan los medios informativos occidentales, ésas se limitan a nueve municipios sobre los 335 que tiene el país y la tranquilidad reina en la inmensa mayoría del territorio nacional, particularmente en los barrios populares. Algunos estudiantes procedentes de los barrios acomodados –lejos de manifestarse pacíficamente como afirma la prensa occidental– participan en graves acciones criminales. Pero están lejos de ser mayoritarios. En efecto, la mayoría de las personas arrestadas tienen graves antecedentes criminales y varios incluso son buscados por la Interpol. [1]
La oposición dirige esos nuevos sectores pudientes. Aunque esas violencias se hallan limitadas en términos geográficos, han sido mortíferas. En efecto, al menos 37 personas perdieron la vida, algunas en condiciones particularmente atroces: seis personas que circulaban en motocicleta fueron degolladas por alambre tendido en las calles. Por otra parte, cinco miembros de la Guardia Nacional Bolivariana y un fiscal de la República fueron asesinados por esos grupúsculos y otras ocho personas que intentaban abrir un camino en las calles y desmontar las barricadas fueron ejecutadas. Cerca de 600 personas fueron heridas, entre ellas 150 miembros de las fuerzas del orden. [2]

miércoles, 2 de octubre de 2013

Explican sobre alcance de cambios en el Código Penal y facultades de los tribunales

Especialistas del Tribunal Supremo Popular, la Fiscalía General de la República y el Ministerio del Interior, explicaron hoy las nuevas disposiciones relativas al Código y su Ley de Procedimiento Penal y a la competencia de los tribunales.
A través del espacio radiotelevisivo Mesa Redonda, detallaron esta actualización -ya vigente según la Gaceta Oficial de la República de Cuba- que otorga mayor coherencia a la política del Estado, acorde con las transformaciones acontecidas en el ámbito económico y social del país.
Oscar Manuel Silvera, vicepresidente del Tribunal Supremo Popular, señaló que mediante el Decreto-Ley 310/2013 se amplían las competencias de los tribunales municipales para dirimir los delitos sancionables hasta ocho años de privación de libertad (antes era hasta tres años).

martes, 25 de junio de 2013

Cuba actualiza su Código y Ley de Procedimiento Penal (+ PDF)

Cuba actualizó su Código Penal y Ley de Procedimiento Penal, con lo cual procura mayor efectividad y eficacia en la prevención y el enfrentamiento al delito, según destacó hoy una emisión extraordinaria de la Gaceta Oficial de la República.
El texto refiere entre los cambios en el Código Penal, que entrará en vigor el primero de octubre venidero al amparo del Decreto Ley 310, la facultad de imponer al infractor una multa administrativa, siempre que en la comisión del hecho se evidencie escasa peligrosidad social y la sanción por un delito no exceda los tres años o multa de hasta mil cuotas, o ambas.
Aclara que para ello siempre se requerirá la aprobación del Fiscal.

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