Descarga aquí el Informe de Cuba sobre la resolución 65/6 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulada “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”. Septiembre de 2011 (en PDF, 210 Kb)
El vicecanciller de Cuba, Abelardo Moreno, presentó este miércoles un informe en el que expuso las consecuencias del bloqueo unilateral impuesto por Estados Unidos a la isla, y anunció que La Habana planteará nuevamente ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) una resolución que exija el levantamiento de esa medida, que calificó de inmoral.
“Estamos solicitando, y estamos seguros que nuestra solicitud será aceptada, que haya un apoyo masivo de la comunidad internacional al proyecto de resolución que se discutirá y votará en la Asamblea General de Naciones Unidas el próximo 25 de octubre”, señaló el diplomático, en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba.
Moreno recalcó que en los últimos años toda la comunidad internacional, salvo por los gobiernos de Estados Unidos e Israel, ha respaldado la posición de Cuba y votado en la ONU a favor del levantamiento del bloqueo.
Destacó que mientras existe un repudio total al bloqueo, “Estados Unidos continúa aferrado a condicionamientos y exigencias injerencistas inaceptables como condición para un cambio de política”.
Sin embargo, indicó que lo que resta es que Washington levante de inmediato las medidas punitivas contra Cuba, que han lesionado la economía de la isla durante más de medio siglo.
“La única conclusión que cabe es que el gobierno de los Estados Unidos debe levantar el bloqueo unilateralmente y sin más demora”, expuso.
Aseveró que la votación masiva en favor de la resolución cubana “es un elemento importante para que el gobierno de los Estados Unidos termine de darse cuenta de que el bloqueo tiene el repudio internacional”.
En segunda instancia, Moreno consideró que fundamental que los países “sean capaces de resistir las continuas presiones por parte del gobierno de Estados Unidos para tratar de impedir las relaciones económicas, comerciales y financieras con nuestro país”. (Con información de agencias)
Principales medidas de continuidad del bloqueo
adoptadas por el Gobierno de los Estados Unidos.
adoptadas por el Gobierno de los Estados Unidos.
- El gobierno de los Estados Unidos mantiene intacto el andamiaje de leyes y disposiciones administrativas que conforman las bases legales y las regulaciones del bloqueo. No han sido modificados los fundamentos sobre los que se erige esa política. Así lo demuestran las legislaciones y regulaciones vigentes que se relacionan a continuación.
- Ley de Comercio con el Enemigo (TWEA, por sus siglas en inglés). Fue promulgada como medida de guerra en 1917 para restringir el comercio con naciones consideradas hostiles. Se expandió su aplicación con posterioridad, para autorizar al Presidente la regulación de transacciones de propiedad que involucraran en un país extranjero a alguno de sus nacionales, tanto en tiempo de guerra como “durante cualquier otro período de emergencia nacional declarado por el Presidente”. En esta Ley se basan las primeras regulaciones del bloqueo contra Cuba de 1962.
- El 2 de septiembre de 2010 el Presidente Obama anunció la extensión de la Ley de Comercio con el Enemigo, que supone en la práctica la continuación del bloqueo a Cuba. En un memorando suscrito por el Presidente a la Secretaria de Estado, Hillary Clinton y al titular del Tesoro, Timothy Geithner, se afirma que “la continuación de estas medidas referentes a Cuba conviene a los intereses nacionales de Estados Unidos”.
- Ley de Asistencia Exterior. Promulgada en septiembre de 1961 por el Congreso de los Estados Unidos autoriza al Presidente de ese país a establecer y mantener “un embargo total sobre el comercio entre los Estados Unidos y Cuba”. También prohíbe el otorgamiento de cualquier ayuda al Gobierno de Cuba.
- Ley de Administración de las Exportaciones (EAA, por sus siglas en inglés). Adoptada en 1979, como resultado de la revisión de los controles sobre las exportaciones, otorgó al Presidente la autoridad para controlar, en general, las exportaciones y reexportaciones de bienes y tecnología y, en particular, aquellas que se consideraran en detrimento de la seguridad nacional de los Estados Unidos.
- Ley para la Democracia Cubana (CDA, por sus siglas en inglés). Esta Ley, más conocida como la Ley Torricelli, fue firmada por el Presidente Bush padre en octubre de 1992. Con ella, el gobierno de los Estados Unidos reforzó las medidas económicas contra Cuba y brindó sustento normativo a la extraterritorialidad del bloqueo. Prohíbe a compañías subsidiarias norteamericanas en terceros países realizar transacciones con Cuba o nacionales cubanos y la entrada a territorio norteamericano, durante un plazo de 180 días, de los barcos de terceros países que hubieran tocado puertos cubanos, entre otras restricciones.
- Ley para la Solidaridad Democrática y la Libertad Cubana. Conocida como la Ley Helms-Burton. Fue aprobada por el presidente Clinton en marzo de 1996. Tiene el objetivo esencial de obstaculizar y desestimular la inversión extranjera, así como internacionalizar el bloqueo contra Cuba. Codificó las disposiciones del bloqueo, limitó las prerrogativas del Presidente para suspender esta política y amplió el alcance extraterritorial de la misma. Denegó la entrada a los Estados Unidos de los directivos de empresas extranjeras (y a sus familiares) que invirtieran en propiedades “confiscadas” en Cuba y estableció la posibilidad de presentar demandas en su contra en los tribunales de los Estados Unidos.
- Regulaciones de Administración de las Exportaciones (EAR, por sus siglas en inglés). Regula las excepciones a la ley de Administración de las Exportaciones o las que se autorizan mediante licencias emitidas por el Buró de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio. Está amparada en la Ley de Comercio con el Enemigo y en la Ley de Administración de las Exportaciones.
Descargar versiones del Informe: En Inglés / En Francés
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