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martes, 25 de marzo de 2014

#Venezuela: Radican proceso contra alcalde y retiran condición a diputada opositora

Los dos implicados en las medidas anunciadas hoy en Venezuela contra funcionarios opositores vinculados con la incitación al caos y la violencia.
Como parte del proceso de depuración de responsabilidades de funcionarios vinculados con el clima de violencia en que la oposición quiere sumir a Venezuela, entes de esa nación sudamericana adoptaron medidas enfiladas a profundizar los esfuerzos en favor de la paz y la normalización en el país.
Fuentes oficiales informaron que la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió hoy radicar en el Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana, de Caracas, la causa seguida al alcalde de San Cristóbal, estado de Táchira, Daniel Ceballos.
Una nota de ese órgano señala que a Ceballos se le imputan los delitos de rebelión y agavillamiento (asociación para delinquir), tipificados en el Código Penal.
La Sala de Casación Penal consideró que los delitos atribuidos a Ceballos "son graves y han causado alarma, sensación y escándalo público en el estado Táchira, aunado a que también han tenido repercusión a nivel nacional e internacional".

Ceballos fue detenido el pasado 19 de marzo por su presunta vinculación con los hechos de violencia ocurridos en ese municipio de Táchira, territorio donde se han registrado las acciones más agresivas por parte de grupos de choques de la ultraderecha.
Por otra parte, el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, notificó este lunes la supresión de la condición de diputada a la funcionaria pública opositora Maria Corina Machado, quien violó la Constitución de Venezuela al aceptar el cargo de representante alterna de Panamá ante la Organización de Estados Americanos (OEA).
"Estamos girando instrucciones para que a la Asamblea Nacional la señora Machado no vuelva a entrar como diputada por lo menos en este periodo", dijo Cabello, quien abundó que al acceder al petitorio panameño la diputada desconoció el artículo 149 de la Carta Magna, el cual expone que la Asamblea Nacional debe “autorizar a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros”.
Al comparecer en una rueda de prensa, el presidente de la Asamblea explicó que otro artículo de la Constitución, el 191, señala que “los diputados o diputadas a la AN no podrán aceptar o ejercer cargos públicos sin perder su investidura”.
“Panamá no la acreditó accidentalmente, lo único accidental aquí es que María Corina Machado, ese nombramiento lo aceptó, lo ejerció y lo ejerce”.
Cabello informó que a partir del momento en que Machado aceptó el cargo perdió su diputación, por lo que “no tiene acceso a la Asamblea Nacional en este periodo, y al no ser diputada no tiene inmunidad parlamentaria y puede ser investigada por todos los actos de violencia que han venido sucediendo”.
Los estatutos venezolanos establecen que un diputado no puede ejercer otro cargo que amerite la totalidad de su tiempo. Solo se somete a excepción el cargo de docente, que se desempeña en tiempo parcial.
Así mismo afirmó que a la investigación que “se le puede sumar traición a la patria por aceptar un cargo de un país hostil”.

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