Bertha Mojena
Todos los niños del mundo/ vamos una rueda a hacer/ en mil lenguas cantaremos/ en paz queremos crecer...
Rezaba así una estrofa popular infantil que desde pequeños oíamos cantar a muchos padres y maestros cubanos. Palabras simples que tras el paso de los años se erigen como símbolo del deseo por cambiar un mundo cada vez más convulso en el que la desesperanza se apodera de muchos de los sueños arrebatados a los infantes.
Quizás por eso, a las puertas de la celebración en Cuba del Día Internacional de la Infancia este primero de junio, pensamos qué sería de nuestros niños si fueran parte del agotado sistema capitalista que se hunde hoy en su propia crisis
y desata una desenfrenada lucha de rejuegos por solventar sus efectos, centrados en el afán por no dañar a los grandes conglomerados mercantiles.
La solución para las oligarquías sigue siendo más recortes de los fondos dedicados a los beneficios sociales. En la gran Europa, por ejemplo, un reciente informe del Fondo de Naciones Unidas para la infancia (UNICEF) reveló que 13 millones de niños padecen de pobreza. Mientras, 71 millones de infantes en edades de iniciar la enseñanza secundaria no están en la escuela y 127 millones de jóvenes y adolescentes entre 15 y 24 años son analfabetos, la gran mayoría en Asia meridional y el África subsahariana.
En algunos países de América Latina, mueren más adolescentes como resultado de homicidios que por accidentes de tráfico o suicidios y se estima que cada 5 horas fallece un niño en los Estados Unidos, víctima de la violencia.
Existen hoy 200 millones de desempleados más que 10 años atrás, situación que incide decisivamente en las economías familiares y nacionales y en la calidad de vida de los seres humanos. Todas estas situaciones violan los derechos más elementales de los niños.
El camino trazado por la Declaración de los Derechos del Niño
Muchos textos de la literatura y el derecho desde el siglo XIX reconocían la necesidad de definir criterios legales de alcance mundial para consagrar los derechos de la infancia.
En el ámbito intelectual, la referencia inicial señala al escritor francés Jules Vallés con su obra El niño, de 1879, así como a Kate D. Wiggin en su texto Children's Rights de 1892, como los precursores de los textos sobre los derechos del niño. Y aunque en las dos primeras décadas del siglo XX ya se discutía sobre el tema e incluso, circularon varias declaraciones de los derechos al respecto, solo quedaron en términos literarios o resoluciones de organizaciones científicas y pedagógicas.
En 1924 sale a la luz la primera declaración de derechos del niño -conocida como Declaración de Ginebra- redactada por Eglantyne Jebb, fundadora de la Organización de Naciones Unidas, pero no es hasta 1948 en que se aprueba la Declaración Universal de los Derechos Humanos y se decide nombrar de forma especial al Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para los niños (UNICEF) quien atienda como organismo especializado y permanente la protección de la infancia y el cumplimiento de sus derechos, denominándose oficialmente Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.
El año 1975 se dedica a la niñez y se dan así los primeros pasos para la nueva declaración de derechos, fundada en nuevos principios, la cual se conoce como Convención sobre los Derechos del Niño y se firma finalmente en la ONU en 1989. A ella se suman dos protocolos facultativos relativos a la venta de niños, la prostitución infantil y su utilización en la pornografía.
En términos conceptuales, se reconoció como derechos del niño a las normas jurídicas que como parte del derecho internacional, protegen a las personas hasta una edad determinada. Estos debían ser derechos inalienables que nadie puede vulnerar o desconocer bajo ninguna circunstancia. Y aunque la legislación y el sistema jurídico de cada país son diferentes, la mayoría de los países firmantes de la Convención se han propuesto tomar medidas excepcionales para la protección y aplicación de estos derechos, tanto en el orden legal como constitucional.
En este sentido, resaltan como derechos elementales y comunes a todos los niños: los derechos a la vida, la salud, el descanso, el esparcimiento, el juego, la creatividad y la recreación, la libertad de expresión y compartir sus puntos de vista con otros; a un nombre y una nacionalidad; a una familia; a la protección durante los conflictos armados; a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; a la protección contra el descuido o trato negligente; a la protección contra el trabajo infantil y contra la explotación económica en general; a la educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.
Muchos países del mundo han optado por crear una institución o comisionado del derecho para atender de manera especial este tema, a partir de su implementación en 1981 en Noruega. La Organización de Naciones Unidas ha indicado que la Convención sobre los Derechos del Niño ha sido ratificada por todos los países menos Estados Unidos y Somalía.
El gobierno de George W. Bush en EE.UU. se opuso a ratificar la Convención alegando que "crean conflicto con las políticas de Estados Unidos en el rol de los padres, soberanía, estado y leyes locales". Esto no ha sufrido cambios durante el mandato de Barack Obama.
Los derechos de los niños cubanos. Más allá de utopías, realidades
UNICEF y otros organismos internacionales destacan que la situación de la niñez en Cuba es comparable con los países más industrializados y ricos del mundo, gracias al compromiso político de nuestro gobierno y el interés de todo el pueblo en la atención a los derechos de la infancia.
Desde 1959 y hasta hoy la Revolución Cubana ha ido fortaleciendo y creando un cuerpo legislativo en el que los derechos de los niños han tenido un tratamiento especial, refrendados en la propia Constitución de la República. Además, Cuba firmó y ha ratificado los Convenios y declaraciones referidas a la niñez, los jóvenes y las mujeres.
Entre las disposiciones jurídicas cubanas resaltan el Código de la Niñez y la Juventud, regulado en la Ley No. 16 de 28 de Junio de 1978 y el Decreto Ley No. 64 de 1982 “Sobre el Sistema de Atención a Menores con trastornos de Conducta”, que regula la atención por parte del Ministerio del Interior y de Educación –fundamentalmente- a los menores de 16 años que cometen delitos, pues se les excluye de la jurisdicción penal.
A ellos se une el Decreto Ley No. 76 de 1984 que permitió la creación de la Red Nacional de Círculos Infantiles Mixtos y Hogares de Menores sin Amparo Familiar, para la protección de niños en desventaja social; el Código del Trabajo que establece protección para los jóvenes que trabajan y como edad laboral los 17 años. Por su parte, el artículo 45 de la Ley del Registro del Estado Civil asegura el derecho de los niños a ser reconocidos por sus padres y establece procedimientos para que todos puedan quedar debidamente inscriptos inmediatamente después de su nacimiento, sin tener en cuenta el estado conyugal de los padres.
En Cuba, el principio de igualdad entre los hijos, así como la obligación de los padres de protegerlos y atender su alimentación, salud y educación, se reafirma en el Código de la Familia, en vigor desde marzo de 1975. El Código Penal contiene también figuras delictivas que protegen a los menores de edad contra el maltrato, el abandono y los delitos sexuales.
El cumplimiento estricto de cada una de estas regulaciones es revisado por nuestro Parlamento Cubano en sus sesiones ordinarias anuales, mediante una Comisión permanente para la Atención de la Infancia y la Igualdad de Derechos de la Mujer.
Gracias a la voluntad estatal y al amparo de estas legislaciones, se ha logrado que muchos territorios del país muestren al mundo índices de cero mortalidad infantil y materna durante los últimos 20 años, siendo la tasa más baja en América Latina. Al cumplir su primer año de vida, cada niño cubano ya fue inmunizado contra 14 enfermedades y su esperanza al nacer es de 79 años.
El gobierno cubano garantiza una canasta básica alimenticia que permite la nutrición de la población y mantiene una estrecha vigilancia sobre la alimentación de los infantes, ya sea en el hogar, en los círculos infantiles, escuelas y otros centros de atención social, manteniéndose a pesar de la crisis mundial y el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos a la isla por más de 50 años.
La tasa de alfabetización de los cubanos adultos es hoy del 100%, gracias a que todos los niños se incorporan y concluyen la enseñanza primaria, pues el desarrollo cultural no es privativo de ningún grupo social. El acceso a la educación, la salud, la cultura y el deporte son derechos completamente gratuitos. Más de 40 escuelas especiales brindan atención a los niños con discapacidades físico-motoras o con problemas de conducta social.
Los niños han alcanzado además, una elevada participación en la toma de decisiones familiares, pues cada vez se les escucha más y se les consulta sobre aspectos que tienen que ver con sus vidas.
Los infantes cubanos disfrutan de derechos vedados para muchos en el mundo de hoy, formados en un ambiente de tranquilidad ciudadana, seguridad y protección, en los que el respeto y la ayuda mutua, el amor a la patria, la naturaleza, la familia y la solidaridad humana, enaltecen los valores de equidad y justicia social que defendemos.
Nada como ver reír un niño, ellos son el centro de nuestra sociedad. El mayor anhelo es que crezcan sanos, salvos y felices, rodeados de espiritualidad y muchos deseos de vivir. Para ellos se perfecciona todos los días el socialismo que construimos. Y seguimos cambiando, para que tengan una infancia feliz y en paz, puedan crecer. (Tomado del portal CubaSí)
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